viernes, 19 de julio de 2013

Proyecto de Ley 073 de 2012



Comentarios al Proyecto de Ley 073 de 2012 Estatuto del politólogo en Colombia
Por Juan Guillermo Vieira[1]

1-      Posiciones iniciales:
-          A favor: es obligación del gobierno regular las diversas actividades profesionales. Es un espacio de formalización de la función laboral del politólogo. Abre una posibilidad concreta de hacer carrera con el Estado. Focaliza el desempeño laboral del politólogo.
-          En contra: una entidad gubernamental no debería definir la calidad de los politólogos. Es un mecanismo de control de la profesión. Propone como alternativa una comunidad politológica más activa organizada en asociaciones profesionales libres (recordar que las asociaciones también están reguladas).
-          Puntos intermedios: se puede regular en parte, sin permitir que se convierta en un mecanismo de control de los politólogos.
2-      No hay un diagnóstico de la profesión en Colombia. No hay un mapa de actores con las posiciones del gobierno, de las universidades públicas, de las privadas, de ACCPOL y otras asociaciones (ejemplo APPA), de los estudiantes, entre otros. ¿Cuántos politólogos somos? ¿Cuántas universidades enseñan Ciencia Política, qué tipo de C. P. y en qué condiciones y con qué docentes? ¿en qué ámbitos se desempeñan los politólogos hasta ahora graduados? ¿los politólogos queremos ser regulados? ¿cuál es la situación de ACCPOL? ¿qué papel podría jugar ACCPOL en el marco del proyecto de Ley 073 de 2012?
3-      Comparar con otras regulaciones, por ejemplo Administración Pública y Trabajo Social, con las cuales hay una cierta cercanía y una posible competencia en materia laboral. Teniendo en cuenta la naturaleza de la Ciencia Política y que en parte a los politólogos les corresponde la no agradable tarea de “hablar la verdad al poder” (Speaking truth to power, el título de un famoso libro de Aaron Wildavsky sobre Análisis de Políticas Públicas).
4-      Definición de Ciencia Política. La definición que asume la ley no es unívoca ni convoca unanimidad entre la comunidad politológica nacional. Comparar con otras y elaborar una mejor y más incluyente o eliminar una definición de la profesión, como la legislación similar lo hace en cuanto a la Administración Pública y el Trabajo Social.
5-      Las funciones del politólogo. Si se fuera a conservar la idea del ámbito público y privado, habría que agregar el ámbito social. Para considerar ámbitos de desempeño podría tenerse en cuenta la lista de APSA. Pero además es demasiado ambicioso esperar que los politólogos podemos desempeñar tan amplio ámbito de actividades. Bastaría preguntar a los politólogos en formación si la carrera les ofrece la posibilidad de salir con dominio de alguna de las funciones enumeradas. Otro asunto es que muchas de las funciones asignadas en el ámbito estatal son competidas con otras profesiones por ejemplo la Administración Pública, con quienes de entrada tendríamos desventaja, por la misma naturaleza de la formación en cada una de las dos profesiones, sin dejar de considerar que en parte es un logro que se considere explícitamente la profesión de politólogo en las convocatorias gubernamentales. De todos modos de dejarse explícitamente los ámbitos de acción del politólogo habría que discutirlos más en profundidad, para eliminar algunos que son pretenciosos y muy generales e incluir otros más específicos como por ejemplo, análisis de factibilidad política, gestión de proyectos y análisis de riesgos en el sector privado, entre otros. Si se decide remitirse a campos más generales podría tenerse en cuenta el modelo de la normatividad de la Administración Pública, bastante austera en su presentación del campo de acción.
6-      Colegio Nacional de Politólogos. Considerar la noción e implicaciones de denominarlo como Colegio, también podría ser Consejo (como para el caso de Trabajo Social). Muy pobre la propuesta de conformación del CNP. ¿Por qué MINEDUCACIÓN? ¿por qué no otros Ministerios de mayor interés politológico? Sobre los representantes de las universidades, ¿cuál sería su proceso de selección? ¿de dónde saldrían? ¿qué papel podría jugar ACCPOL en ese proceso? Lo mismo en relación con los egresados, además incluir representación de los estudiantes sería un elemento nuevo a considerar. Incluir representación de ACCPOL. Diseñar mecanismos para evitar el predomino de algunas facultades de Ciencia Política que puedan monopolizar los procesos de toma de decisiones.
7-      Funciones del CNP. Se le da énfasis a funciones punitivas y no se menciona ninguna relacionada con el fortalecimiento de la disciplina, como por ejemplo, la organización de eventos que den cuenta de la situación de la C. P. en el país y en otros países, el establecimiento de relaciones internacionales con CNP o las partes correspondientes en otros países, y hacer publicaciones sobre el papel de la C. P. en diversos ámbitos profesionales. Muy complicado y en parte “peligroso” el tema de asignarle la expedición de certificados de antecedentes disciplinarios y el tema de actuar como tribunal de ética y cobrar multas a quienes violen el código de ética. Complicado hacer depender la creación de asociaciones del CNP, contraproducente para la libre asociación.
8-      Financiamiento del CNP. Si no hay un diagnóstico del número de politólogos y la seguridad de su vinculación al CNP, no se sabe cuánto tendrá anualmente para financiarse. Y dejar en manos de posibles multas por comportamiento contra el código de ética, parece bastante riesgoso. Esta función deslegitima el CNP. En principio parecen insuficientes las fuentes de financiamiento, habrá que explorar otras.
9-      Causales de pérdida de la tarjeta. Mucho cuidado puesto que la profesión de politólogo es de una naturaleza muy diferente a las demás, parte de su compromiso es decir la verdad al poder (Wildavsky), y el CNP no puede convertirse en mecanismo de control para evitar la confrontación de argumentos y opiniones contrarias a las que en su momento estén en el poder o sea necesario manifestar en sociedades plurales y democracias representativas como las que nos soportan.
10-   Mejorar la exposición de motivos, la justificación de la ley y la legitimidad de la misma, básicamente elaborando un mejor diagnóstico de la profesión y garantizando un proceso amplio de deliberación que incluya todos los actores y todas las posiciones, en cuanto sea posible.


[1] Profesor programa Ciencia Política, Gobierno y Relaciones Internacionales, Universidad Autónoma de Manizales UAM. Estos comentarios recogen la visión personal sobre diversos aspectos del proyecto de ley en discusión, pero se nutrieron especialmente gracias al aporte del profesor UAM Guillermo Calvo Mahe y los estudiantes del curso de Políticas Públicas: Lorenza Arango, Lorena González, Evelyn Cadavid, Victoria Jaramillo, Andrés Narváez y Jairo Vargas.

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