Francisco Cortés Rodas
Apuntes críticos al Modelo de Medición de Grupos de
Investigación del año 2013 de Colciencias
Francisco
Cortés Rodas
Director
del Instituto de Filosofía
Universidad
de Antioquia
El Modelo de Medición de Grupos de
Investigación del año 2013 de Colciencias tiene aspectos positivos que deben
ser destacados. Para la investigación de las ciencias sociales se tienen en
cuenta productos importantes del área que tienen el mismo peso que un artículo
SCOPUS de primer cuartil. Hay un reconocimiento a un número mayor de productos de
áreas del saber que en el sistema de medición anterior no habían sido incluidos.
Sin embargo, hay serios problemas en los resultados para las ciencias sociales
y las humanidades, así como para otras áreas del conocimiento. Para comenzar,
Colciencias no realizó ni promovió un proceso de inducción y preparación para
cambiar el sistema de medición. Se limitó a presentar la convocatoria y a
anunciar las fechas de cierre.
La clasificación de los investigadores como
Senior, Asociado y Junior tiene problemas por la vinculación de los productos
en el CvLAC y su desigual valoración. Colciencias define que la pertenencia a
la categoría más alta de investigación depende de varias condiciones: doctorado
finalizado, director de cuatro trabajos de maestría o una tesis de doctorado
finalizados en los
últimos diez años, diez productos tipo A con la misma
condición (artículos publicados en revistas indexadas en ISI, (SCI y SSCI) o SCOPUS, libros que aparezcan
en el Book Citation Index de Thomson
Reuters (en adelante BKCI), o clasificados como libro resultado de
investigación por una editorial reconocida por Colciencias). Los investigadores
asociados deben tener además del doctorado o maestría dos productos de nuevo
conocimiento o de resultados de actividades de desarrollo tecnológico e
innovación tipo A, y cuatro productos de nuevo conocimiento o de resultados de
actividades de desarrollo tecnológico e innovación en los últimos cinco años.
Los artículos y libros para este nivel deben estar publicados en revistas incluidas
en los mencionados sistemas de indexación. Por medio de este modelo de medición, Colciencias
ha caracterizado la investigación científica desarrollada en el país utilizando
un conjunto de indicadores: nivel de formación, producción, formación de
maestros y doctores, visibilidad, impacto, nivel
de reconocimiento por la comunidad científica mundial, patrón de citación, excelencia y liderazgo.
De este modo ha establecido las condiciones que permiten definir
quienes son hoy los investigadores en el país. Para el Ministerio de Educación
y Colciencias identificar los autores más productivos o los que
alcanzan mayores niveles de excelencia en las universidades es importante para
el desarrollo de los objetivos misionales de la universidad, para acreditar
programas de maestría y doctorado, para promover a estas personas y, finalmente
para definir quienes y que unidades académicas, programas y laboratorios deben ser apoyados
financieramente por las universidades y las agencias del Estado.
Una primera observación que se puede hacer sobre los resultados del
modelo de medición a partir de analizar los porcentajes de participación de los
grupos de ciencias sociales y humanas en los Grupos A1, A y B y de sus
investigadores en los niveles Senior y Asociado, es que esta área del
conocimiento quedó débilmente representada en estos niveles. Esto tiene una
serie de causas. La primera es que la mayoría de artículos producidos por
investigadores de esta área, por no haber sido publicados
en el período de observación en revistas indexadas en SCI, SSCI, SCOPUS y
la mayoría de los libros por no aparecer en el BKCI
o no haber sido categorizados como libro resultado de investigación por una
editorial reconocida por Colciencias, quedaron, clasificados los primeros como “generación
de contenidos” y, los segundos, fueron desclasificados como productos de
investigación.
Utilizar únicamente como criterios de medición de artículos los
mencionados sistemas de indexación desarrollados para analizar la forma de
producción del conocimiento científico en las áreas de las ciencias naturales,
medicina, ingeniería etc., y aplicar estos modelos con sus indicadores de
visibilidad, impacto, excelencia y liderazgo a las ciencias sociales, las
humanidades y las artes, genera como efecto la invisibilización de estas
últimas y produce además una distorsión en las prácticas de estas disciplinas. En
este sentido habría que decir que la medición del impacto, la excelencia,
el nivel de reconocimiento por la comunidad científica mundial, la citación y el
liderazgo no son posibles para las ciencias sociales y
humanas con los tipos de datos que contienen los sistemas de indexación que ha utilizado
Colciencias.
El problema básico del modelo de investigación
y ciencia que tiene Colciencias es que pretende medir la ciencia a partir de la
generalización de todas las dinámicas particulares de las distintas disciplinas
y como si estas tuvieran información equiparable y conmensurable y como si
todas funcionaran bajo las mismas prácticas y patrones de publicación y
generación de conocimiento. La dificultad del modelo de medición con las bases
de datos adoptadas no es la medición en sí: el problema es que le da más valor
a unas bases de datos que a otras. Es decir, más valor a SCOPUS, WOS
o BKCI que a bases de datos construidas en función de cómo se hace la
investigación en ciencias sociales y humanas, como podrían ser GOOGLE SCHOLAR o
el SCHOLARY PUBLISSHER INDICATORS (SPI). En los últimos años ha tomado mucha
fuerza el índice de medición de GOOGLE SCHOLAR y en este, las revistas de
ciencias sociales y humanidades son mucho mas visibles.
Colciencias, al excluir mediante la medición a
toda la producción investigativa que no corresponda a los parámetros definidos
por SCI,
SSCI y SCOPUS, desvaloriza esta producción o la clasifica como “generación de
contenidos”, lo que equivale a declararle la muerte académica. Lo
mismo sucede con el resultado de la medición de los libros de la mayoría de las
editoriales universitarias y privadas del país que no se ajustaron a los parámetros
definidos por Colciencias, con los libros de la comunidad investigativa colombiana
publicados fuera del país y con los libros de investigadores extranjeros
radicados en Colombia. Al tomar Colciencias el BKCI de Thomson como criterio
para valorar los libros no nacionales, dejó por fuera una parte importante de
la investigación: social, filosófica y jurídica.
“Según el análisis del impacto de la
valoración de los libros a nivel mundial que ha hecho el BKCI dominan:
Inglaterra (9.406 libros), Estados Unidos (4.404), Alemania (1.422) y Holanda
(1.094). Conjuntamente suman 16.326, es decir, el 96% de los libros presentes
en el BKCI han sido publicados por editoriales con sede en esos 4 países.
Países europeos de gran tradición en ciencias sociales y humanidades como
Francia e Italia sólo tienen 56 y 5 libros indexados respectivamente. En
Latinoamérica el mejor situado es México con 2 libros. El BKCI es una empresa
privada de los Estados Unidos que califica con criterios específicos de su
cultura de investigación a los libros universitarios” (Torres, Delgado, 112: 2013).
La pretensión de Colciencias de usar el BKCI como un índice objetivo a nivel
mundial, desconociendo lo que sucede con los análisis que se hacen mediante
otros modelos de evaluación de libros, es injustificable si se atiende a cómo
se valoran y miden los libros en otros países científicamente desarrollados,
como Francia, Italia, Alemania, Brasil.
“La configuración que se ha presentado del BKCI
para los editores de ciencias sociales y humanidades por países recuerda mucho
a la WEB of SCIENCE de Revistas, es decir, una orientación marcadamente
anglosajona, con poca cabida para los
editores de otros países y materiales en otros idiomas que no sean en inglés. Además
pese al gran número de editoriales científicas de libros y monografías que
existen en el mundo -y que pueden cumplir los criterios de Thomson (pensemos
sólo en las universitarias)-, tan sólo 18 editoriales han bastado para
construir la columna vertebral del BKCI” ( Torres, Delgado, 112: 2013).
Colciencias reconoció las editoriales
nacionales que, según la convocatoria, garantizan la calidad científica y
editorial de los libros publicados como resultado de trabajos y proyectos
investigativos. Estas fueron: la Editorial Universidad Nacional, Ediciones
Universidad Simón Bolívar y el Fondo Editorial Rémington. Quedaron por
fuera las editoriales de la Universidad de los Andes, Antioquia, Externado,
Valle, Javeriana, Rosario, Eafit, Norma, Siglo del Hombre Editores, y todas las
grandes editoriales jurídicas de nombre, calidad y tradición del país como
Temis, Legis, Doctrina y Ley, y otras más. “Esto no tiene ninguna justificación
en una supuesta mala calidad de tales publicaciones, pues varias son líderes
mundiales en su disciplina, sino la causa es mucho más la ceguera estructural
de Colciencias, por usar –negligente o intencionalmente– criterios subjetivos,
no universales y formalistas, que no sirven para medir objetivamente las
publicaciones de la mayor parte de los países científicamente avanzados” (Marquardt, 2014).
Lo que se manifiesta en los resultados de esta
medición es una dinámica de no reconocimiento de las prácticas de publicación de
unas áreas de la investigación que han tenido en los artículos y los libros los
medios más importantes para la divulgación de su conocimiento. La investigación en las
ciencias sociales y en humanidades está anclada en un mundo de la vida que no
es el mundo de la vida del investigador científico. La producción de los
investigadores de las ciencias sociales y las humanidades debe ser por esto
valorada, medida y juzgada con otros criterios, con otros sistemas de medición,
o incluso se podría aceptar, con el mismo sistema pero con conceptos más
amplios y plurales. El asunto se reduce, entonces, a que el método estándar de
medición usado es inadecuado para la evaluación de las ciencias sociales y humanas
y a cómo se puede plantear el reconocimiento de la diversidad de las
disciplinas del conocimiento o los saberes.
Hay también causas técnicas y humanas que explican la débil
representación del área de ciencias sociales y humanas en los niveles altos de
la clasificación de grupos e investigadores. Muchos profesores de esta área,
así como de otras, que habían finalizado el proceso de actualización de su
CvLAC o GrupLAC en noviembre y diciembre del 2013 quedaron fuera del sistema porque
no hicieron una aprobación final que debía realizarse en enero de este año, aprobación
que desconocían muchos por insuficiente información de Colciencias. El proceso
de digitar la información del CvLAC o GrupLAC ha tenido desde siempre fallas
técnicas. En muchos casos la información desaparece o ha sido alterada y
Colciencias no ha hecho los cambios necesarios en el funcionamiento del
software para remediar los problemas, a pesar de las múltiples quejas y
reclamaciones. La presentación de la información en este proceso de medición ha
sido técnicamente más compleja y en el resultado final se pueden apreciar
errores en la digitación de la información. Aquí hay fallas atribuibles a las
personas. A esto se suma que en muchas universidades sus vice-rectorías de
investigación no promovieron un proceso de acompañamiento técnico o asesoría para
acompañar a los profesores de forma tal que se hubieran podido lograr unos
mejores resultados.
La utilización de estos criterios homogeneizantes, subjetivos,
no universales y excluyentes con los que Colciencias ha realizado la medición producen
como efecto la violación de derechos fundamentales de miembros de la comunidad
científica. El Modelo de Medición de Grupos de Investigación
del año 2013 de Colciencias ha vulnerado el artículo 13 constitucional que reconoce el
principio de igualdad.
El principio de igualdad
representa uno de los pilares de toda sociedad bien organizada y de todo Estado
Constitucional. “Este principio impone al Estado el deber de tratar a los
individuos, de tal modo que las cargas y las ventajas sociales se distribuyan
equitativamente entre ellos” (Bernal, 257: 2005). Según
Jurisprudencia de la Corte Constitucional del principio general de igualdad se
desprenden dos normas que vinculan a los poderes públicos: por una parte un
mandamiento de tratamiento igual que obliga a dar el mismo trato a supuestos de
hecho equivalentes, siempre que no existan razones suficientes para otorgarles
un trato diferente, del mismo modo el principio de igualdad también comprende
un mandato de tratamiento desigual que obliga a las autoridades públicas a
diferenciar entre situaciones diferentes. Los casos que hemos señalado en este
análisis permiten ver cómo Colciencias al pretender medir la investigación a
partir de la generalización de todas las dinámicas particulares de las
distintas disciplinas y de todos los campos de la ciencia, ha vulnerado el
segundo componente del principio de igualdad que contiene un mandato de
tratamiento desigual que obliga a las autoridades públicas a diferenciar entre
situaciones diferentes.
“Esos dos contenidos iniciales del principio
de igualdad pueden a su vez ser descompuestos en cuatro mandatos: (i) un
mandato de trato idéntico a destinatarios que se encuentren en circunstancias
idénticas, (ii) un mandato de trato enteramente diferenciado a destinatarios
cuyas situaciones no comparten ningún elemento en común, (iii) un mandato de
trato paritario a destinatarios cuyas situaciones presenten similitudes y
diferencias, pero las similitudes sean más relevantes a pesar de las
diferencias y, (iv) un mandato de trato diferenciado a destinatarios que se
encuentren también en una posición en parte similar y en parte diversa, pero en
cuyo caso las diferencias sean más relevantes que las similitudes. Estos cuatro
contenidos tienen sustento en el artículo 13 constitucional, pues mientras el
inciso primero del citado precepto señala la igualdad de protección, de trato y
en el goce de derechos, libertades y oportunidades, al igual que la prohibición
de discriminación; los incisos segundo y tercero contienen mandatos
específicos de trato diferenciado a favor de grupos con características
particulares”(Corte Constitucional, Sentencia C-818/10).
Sobre esto escribió el constitucionalista
Carlos Bernal Pulido “En el lenguaje de la
Constitución, mientras el mandato de trato paritario equivale a la prohibición
de “discriminación” –correlativa a la prohibición de tratar de manera
privilegiada a ciertos destinatarios del Derecho-, el mandato de trato
diferenciado es sinónimo del deber de “promoción” y de “protección” de
los desfavorecidos, que corre a cargo del Estado” (Bernal,
259: 2005). Con promoción y protección de los
desfavorecidos, la interpretación se refiere a aquellas personas y grupos que resulten
afectadas como consecuencia de la aplicación de normas injustas por parte de
una autoridad estatal. “La igualdad de trato, por lo visto, puede violarse en
los distintos momentos de creación de las normas, aplicación y decisión de
controversias. El derecho a la igualdad de trato, obliga al legislador -y a
todo órgano creador de normas- a expedir reglas cuyo contenido no quebrante
dicha igualdad (igualdad en la ley)” (Cifuentes, 16: 1997).
De los diversos contenidos del principio
general de igualdad, surge a su vez el derecho general de igualdad. “Se trata
de un derecho fundamental que protege a sus titulares frente a los
comportamientos discriminatorios o igualadores de los poderes públicos, el cual
permite exigir no sólo no verse afectados por tratos diferentes que carecen de
justificación sino también, en ciertos casos, reclamar contra tratos
igualitarios que no tengan en cuenta, por ejemplo, especiales mandatos de protección
de origen constitucional” (Corte Constitucional, Sentencia C-818/10). Con base
en estos argumentos se puede afirmar que establecer para la medición de los
artículos de investigación en todas las áreas del conocimiento las bases de
datos de ISI, (SCI y SSCI) o SCOPUS, y para libros el BKCI de Reuters constituye una vulneración
del derecho a la igualdad.
Invitamos a los rectores de las universidades,
al CESU, a ASCUN, y a otras organizaciones universitarias, a las Asociaciones
de Sociólogos, Antropólogos, Historiadores, Abogados, Filósofos etc., a respaldar a los investigadores
afectados por esta política para que puedan presentar las correspondientes
reclamaciones jurídicas, más allá de la reclamación que tramita actualmente
Colciencias, con el fin de hacer valer los derechos de los profesores que han
sido vulnerados y con el fin de ponerle límite a la desbordada idea, impulsada básicamente por
Colciencias, de valorar con criterios subjetivos
y no universales las publicaciones de los investigadores colombianos y
extranjeros residentes en Colombia.
Bibliografía
Cifuentes, E., (1997), “La igualdad en la
jurisprudencia de la Corte Constitucional, REVISTA DE DERECHO
PÚBLICO, No 7, UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE
DERECHO.
Marquardt, B., (2014), “Reflexiones sobre la
evaluación a la Ciencia Jurídica colombiana”, en:
Torres-Salinas, D; Delgado, Emilio (2013).
“Cobertura de las editoriales científicas del Book citation index en ciencias
sociales y humanidades: ¿la historia se repite?”. En: Anuario ThinkEPI, v. 7,
pp. 110-113.
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